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DELITO DE PORNOGRAFÍA INFANTIL
Ideas principales sobre la pornografía infantil:
El delito de pornografía infantil en México consiste en producir, distribuir, comercializar, exhibir, ofrecer, reproducir o poseer material con contenido sexual explícito en el que participen personas menores de 18 años o que simulen serlo.
Este delito está tipificado en el Código Penal Federal, artículo 202, y también está regulado por tratados internacionales firmados por México, como la Convención sobre los Derechos del Niño.
Las penas van de 7 a 12 años de prisión y hasta 2,000 días de multa. Las sanciones aumentan si el delito es cometido por servidores públicos, si se usan redes sociales o medios digitales, o si se involucra a menores de muy corta edad.
Las conductas sancionadas incluyen la producción de imágenes o videos, la distribución en redes, el almacenamiento con fines sexuales y la compra o venta del material. La simple posesión también es delito.
El consentimiento del menor no es válido legalmente, ya que se presume su vulnerabilidad. La ley busca proteger el desarrollo, la integridad y la dignidad de niñas, niños y adolescentes, así como prevenir su explotación, especialmente en entornos digitales.
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